SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0113/2021-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0113/2021-S4

Fecha: 11-May-2021

Cuando existe imputación y/o acusación formal, y se impugna una resolución judicial de medida cautelar que por ende, afecta al derecho a la libertad física o de locomoción, con carácter previo a interponer la acción de libertad, se debe apelar la misma, para que el superior en grado tenga la posibilidad de corregir la arbitrariedad denunciada

Al respecto, conforme el desarrollo jurisprudencial efectuado en el Fundamento Jurídico III.1 de este fallo constitucional, se tiene que: “Cuando existe imputación y/o acusación formal, y se impugna una resolución judicial de medida cautelar que por ende, afecta al derecho a la libertad física o de locomoción, con carácter previo a interponer la acción de libertad, se debe apelar la misma, para que el superior en grado tenga la posibilidad de corregir la arbitrariedad denunciada(SCP 0624/2018-S4 [las negrillas son añadidas]); en ese entendido, se concluye que, para que la acción de libertad sea efectiva, necesariamente los accionantes deben agotar los medios de defensa eficaces y oportunos que tiene en el ordenamiento jurídico para resguardar sus derechos supuestamente lesionados; hecho que en el presente caso no aconteció, por cuanto de antecedentes de advierte que contra la Resolución 497/2019, los accionantes no interpusieron recurso alguno, pues si consideraban que el mismo era vulnerador de sus derechos fundamentales y garantías constitucionales, correspondía que interpongan en su momento el recurso de apelación incidental contra dicho fallo.; empero, al no haberlo hecho, en aplicación al principio de subsidiariedad excepcional desarrollado en el señalado Fundamento Jurídico, corresponde denegar la tutela con relación a la referida autoridad judicial, pues no puede pretenderse su tutela en el ámbito constitucional, cuando los reclamos no fueron activados oportunamente, habida cuenta que no puede utilizarse para salvar la negligencia de la parte accionante.