SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0140/2021-S4
Fecha: 17-May-2021
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 027/2020 de 23 de enero, cursante de fs. 1135 a 1138 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional, interpuesta por Wilmer Franz Velasco Rojas contra Sergio Carlos Orellana Centellas, Presidente; Pablo Arturo Guerra Camacho, Aldo Bravo Méndez, Iván Patricio Inchauste Rioja, Willy Pozo Torrico, Giro Orlando Álvarez Guzmán, Ernesto Juvenal Pacheco Miranda, Moisés Orlando Mejía Heredia, Javier Torrico Vega, Vocales; todos miembros del Tribunal Superior de Personal de las Fuerzas Armadas (FF.AA.); y, Javier René Kanahuaty Flores, Antonio Eduardo Monasterio Chui, Luis Antonio Cuellar Ugarte, Augusto Antonio García Lara, Milton Fredy Navia Escalera y Bladimir García Cuevas, actuales y Luis Fernando Valverde Ferrufino, ex; Vocales; David Arcayne Beltrán, Gary Silvestre Mejía Soliz., ambos Secretarios Sumariantes; todos del Tribunal de Personal del Ejército.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6
- II.7.
- II.9.
- II.10
- II.11
- II.13.
- II.14
- II.15.
- III.1. Del acceso a la justicia o tutela judicial efectiva
- Lograr un pronunciamiento judicial proveniente de las autoridades judiciales formales o las autoridades naturales de las naciones y pueblos indígena originario campesinos, que solucione el conflicto o tutele el derecho, siempre que se hubieran cumplido los requisitos establecidos en la norma
- III.2. La legitimación pasiva en acción de amparo constitucional
- La legitimación pasiva en el ámbito procesal constitucional, se establece como carga procesal para la parte accionante, quien tiene la obligación de identificar de manera precisa al particular, funcionario público, autoridad judicial o administrativa a quien se le atribuya la vulneración de derechos y/o garantías constitucionales;
- CONFIRMAR