SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0157/2021-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0157/2021-S3

Fecha: 06-May-2021

4)

4)      El art. 5 de la Ley adjetiva penal, establece que “…imputado es aquella persona a quien se le atribuye la comisión de un delito ante los órganos encargado de la persecución penal, condición adquirida cuando el Ministerio Público, lo imputa formalmente, previa realización de la etapa preliminar investigativa que se apertura con la interposición de una denuncia o querella por delito de acción pública y en el transcurso de la misma se determina la existencia de suficientes elementos de convicción que el denunciado o querellado, sea con probabilidad autor o partícipe de una hecho punible. Es a partir de ese momento procesal, que adquiere la calidad de parte dentro del proceso, para ejercer los mecanismos intraprocesales que hagan a su defensa” (sic).