SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0214/2021-S4
Fecha: 02-Jun-2021
II.1.
II.1. Mediante memorial presentado el 15 de enero de 2020 por Mariela Barrero, ante la Jueza Pública de Familia Cuarta del departamento de Cochabamba –ahora demandada–, dentro del proceso de homologación de asistencia familiar seguido contra Christian Ariel Quiroga Onofre –ahora accionante–, pidió la ejecutoria de la Sentencia de 23 de julio de 2019, solicitó liquidación con la suma de Bs45 000.- (cuarenta y cinco 00/100 mil bolivianos) y conminatoria de pago; mismo que mereció el Auto de 16 del igual mes y año que declaró ejecutoriada la Sentencia y corrió traslado al obligado con la liquidación para que se pronuncie en el plazo de tres días a partir de su notificación, que fue practicada el 3 de febrero del indicado año (fs. 35 a 36; y, 38).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza de la asistencia familiar y forma de garantizar su cumplimiento
- I.
- II.
- III.
- VI.
- Artículo 58.
- Artículo 60. Es deber del Estado, la sociedad y la familia garantizar la prioridad del interés superior de la niña, niño y adolescente, que comprende la preeminencia de sus derechos, la primacía en recibir protección y socorro en cualquier circunstancia, la prioridad en la atención de los servicios públicos y privados, y el acceso a una administración de justicia pronta, oportuna y con asistencia de personal especializado
- Derechos del Niño
- no puede diferirse por recurso o procedimiento alguno, bajo responsabilidad de la autoridad judiciaĺ’
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 26
- la modalidad innovativa
- CONFIRMAR