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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0225/2021-S4
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0225/2021-S4

    Fecha: 10-Jun-2021

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    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • si bien habría desaparecido este riesgo procesal, tendrá que ser con la presentación de la sentencia, porque ya se habría concluido. Lo que la Sentencia Constitucional Nº 276/2018-S2 de junio, habría establecido que ya no se podrá fundar el art. 235 núm. 2 del CPP, sobre meras suposiciones y al presente toda la fundamentación de este riesgo procesal ya se habría cumplido, dato que deberá hacer conocer al abogado de la defensa en una solicitud que vaya a hacer
    • con relación a que la autoridad A quo a establecido (…) que la aplicación de medidas cautelares habría sido dispuesto cuando no entraba en vigencia la Ley 1173 y que por ese motivo no se podía aplicar esa norma legal.
    • cuestiones hoy propuestas
    • I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
    • I.1.3. Petitorio
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • a)
    • 1)
    • concedió en parte
    • II.1.
    • II.2.
    • II.4.
    • III.1.  El deber de fundamentación y motivación en las resoluciones judiciales como elemento del debido proceso
    • el deber de fundamentación en las resoluciones judiciales que implica la respuesta a los puntos de impugnación de forma clara y precisa, involucra que las resoluciones judiciales guarden coherencia en todo su contenido; es decir, entre cada uno de sus fundamentos expuestos en la parte considerativa; y, a la vez, entre ésta y la parte dispositiva, lo que se conoce en doctrina como principio de congruencia interna; asimismo, que guarde armonía con lo solicitado por la parte impugnante, característica concebida como congruencia externa.
    • la congruencia de toda decisión judicial implica
    • Fragmento 18
    • primera problemática
    • segunda problemática
    • i) Primer agravio
    • III.3.3.   Consideración final
    • CONFIRMAR

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