SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0301/2021-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0301/2021-S3

Fecha: 15-Jun-2021

El juez de Ejecución Penal o en su caso, el juez de la causa, previa valoración de los antecedentes enviados por el Director General de Régimen Penitenciario, se pronunciará en el plazo máximo de cinco (5) días ratificando o revocando el traslado

De la normativa citada precedentemente, se concluye sin lugar a dudas, que es la autoridad judicial -a cargo del proceso, y/o de ejecución- que ejerce el control jurisdiccional y es quién debe verificar el cumplimiento de la norma y garantizar el respeto de los derechos de las personas privadas de libertad.