SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0301/2021-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0301/2021-S3

Fecha: 15-Jun-2021

Fragmento 23

           Como elemento constitutivo del debido proceso, la celeridad se constituye no solo un elemento medular del mismo, sino que configura como un principio base de la facultad de impartir justicia, conforme lo establece la Norma Suprema y es precisado en la SCP 0685/2018-S1 de 26 de octubre, que sobre el particular refiere: «La potestad de impartir justicia se rige entre otros, por el principio de celeridad, establecido en el art. 178.I de la CPE, al señalar que: “La potestad de impartir justicia emana del pueblo boliviano y se sustenta en los principios de independencia, imparcialidad, seguridad jurídica, publicidad, probidad, celeridad, gratuidad, pluralismo jurídico…”.