AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0034/2021-O
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0034/2021-O

Fecha: 23-Jul-2021

iii)

iii)  En función a lo descrito, si bien el Tribunal Agroambiental admitió la demanda contenciosa administrativa sustanciando el proceso hasta el decreto de autos; sin embargo, fue a consecuencia de la acción de amparo constitucional que concedió la tutela, obligando al ente administrativo a practicar una segunda notificación; por lo que, al haber sido dicha determinación revocada por el Tribunal Constitucional Plurinacional, hace viable y procedente el incidente de nulidad opuesto por las partes interesadas, en razón a que la nulidad de actos procesales pueden ser solicitados hasta antes de emitir sentencia al advertir un grosero vicio de nulidad cual es la vigencia de la diligencia de notificación que impide admitir la demanda contenciosa administrativa opuesta en mérito a los arts. 36.3 y 68 de la LSNRA, con lo que no se puede aducir que existan defectos, errores u omisiones en la tramitación de la causa como la vulneración de derechos a las partes, pues lo único que se hizo es dar cumplimiento a la SCP 0964/2017-S3, en razón a la nulidad establecida por el INRA respecto al actuado de notificación que fue el acto que habilitó que el Tribunal Agroambiental apertura la competencia que a la fecha no existe;