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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0319/2021-S4
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0319/2021-S4

    Fecha: 20-Jul-2021

    II.8.

    II.8.    Cursa Auto Supremo 742/2019 de 29 de noviembre, pronunciado por Ricardo Torrez Echalar y Carlos Alberto Eguez Añez, Magistrados de la Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, que declaró infundado el recurso de casación contra el Auto de Vista 28 de 18 de febrero de 2019 (fs. 78 a 82 vta.).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
    • I.1.3. Petitorio
    • 1)
    • i)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • Fragmento 16
    • Fragmento 17
    • III.1.
    • un parámetro objetivo de un plazo considerado por el legislador constituyente como razonable para interponer la demanda de amparo constitucional pero que en atención al valor justicia, el derecho de acceso a la justicia, el principio de igualdad que impele a otorgar un trato diferente a situaciones disímiles,
    • III.2.  El debido proceso en sus vertientes de debida fundamentación y motivación de las resoluciones vinculadas con el principio de congruencia
    • III.
    • la parte procesal, que se considera agraviada con los resultados de la interpretación porque lesionan sus derechos fundamentales,
    • 3)
    • 2)
    • REVOCAR

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