SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0327/2021-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0327/2021-S4

Fecha: 20-Jul-2021

Fragmento 11

Pamela Suarez, Directora Departamental de Régimen Penitenciario, a través de su representante, en audiencia manifestó que: i) Dicha entidad administrativa se encuentra enmarcada en asuntos del Régimen Penitenciario de las cárceles y los privados de libertad; por lo que, no es necesario poner en conocimiento que el accionante fue trasladado a Cochabamba para una declaración, siendo que se encontraba recluido en el Centro Penitenciario Chonchocoro de La Paz; y los custodios policiales tuvieron que retornar a La Paz; y, ii) La entidad no avaló el traslado y solo cumplen órdenes cuando son notificados, por lo que, no pueden ir contra resoluciones judiciales; y no existe prueba que acredite que hubieran gestionado el traslado al Centro Penitenciario de Chonchocoro; por lo que, sería un simple argumento; y, iii) No son notificados con todos los actuados del proceso ni con modificaciones de medidas cautelares, solo se les notifica con mandamientos de detenciones preventivas o de libertad.