SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0338/2021-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0338/2021-S3

Fecha: 09-Jul-2021

concedió en parte

La Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca mediante Resolución 84/2020 de 24 de septiembre, cursante de fs. 128 a 136 vta., concedió en parte la tutela solicitada, disponiendo la reincorporación de la accionante a su fuente laboral en el cargo de maestra de la Unidad Educativa Privada María Auxiliadora de Sucre, en la asignatura de educación física, y el pago de salarios devengados desde el momento de su desvinculación y la restitución de sus derechos laborales y sociales, todo ello, bajo los siguientes fundamentos: i) Al tratarse de una persona con cáncer corresponde realizar una interpretación diferente por su especial situación de necesidad, por lo tanto, la accionante requiere una protección reforzada que posibilite el mejoramiento de su salud y su vida; ii) Se evidenció que la Unidad Educativa Privada María Auxiliadora de Sucre vulneró los derechos reclamados en la presente acción de amparo constitucional, por cuanto los documentos que acreditan la relación laboral tenían carácter indefinido, y cualquier emergencia que involucre la desvinculación de la accionante debía resolverse previo “proceso”, no pudiendo aplicar de manera directa la Cláusula resolutoria de su contrato; y, iii) Con referencia al petitorio de la accionante, no puede responsabilizarse a la Directora ahora accionada por los gastos incurridos por la accionante en la atención de su enfermedad; puesto que no acudió ni promovió su atención a través del ente gestor de la seguridad social a la cual tenía el derecho de exigir dicha atención; en consecuencia, no corresponde otorgar la tutela respecto a ese aspecto.