SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0338/2021-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0338/2021-S3

Fecha: 09-Jul-2021

Consideraciones previas

En la problemática ahora analizada, si bien la accionante reconoció que una vez que tuvo conocimiento de su despido pudo acudir a la Jefatura Departamental de Chuquisaca del Ministerio de Trabajo Empleo y Previsión Social con la finalidad de hacer efectivos sus reclamos; sin embargo, resulta evidente también de acuerdo a los antecedentes que la accionante es una mujer que sufre de una enfermedad grave como es el cáncer de mama metastásico; por lo que acude a la jurisdicción constitucional denunciando la vulneración de sus derechos a la vida y a la salud, situación que la coloca en un estado de vulnerabilidad; por lo tanto, goza de atención prioritaria y urgente, de conformidad a los citados derechos de atención inmediata y preferente. Por consiguiente, de acuerdo a lo establecido en el Fundamento Jurídico III.1. del presente fallo constitucional, debe darse aplicación a la excepción al principio de subsidiariedad; puesto que exigir el agotamiento de otras instancias podría provocar un daño irremediable e irreparable, vinculado a la vida y a la salud de la accionante

Asimismo, corresponde considerar el argumento de la Directora ahora accionada respecto a que se hubiese consentido la renuncia de la accionante realizada por intermedio de sus hermanas, quienes con esa finalidad se apersonaron a la Unidad Educativa Privada María Auxiliadora de Sucre que dirige. Al respecto -renuncia a través de terceros- la SCP 1708/2013 de 10 de octubre estableció que la renuncia a un cargo se constituye en un acto unilateral, voluntario y no necesita de la intervención de terceros; por lo cual debe ser presentada de manera personal. En tal circunstancia, la Directora hoy accionada no podía aceptar la supuesta renuncia de la accionante basándose en la intervención de sus familiares. Por consiguiente, corresponde a esta Sala del Tribunal Constitucional Plurinacional ingresar al fondo de la problemática planteada en razón a los derechos acusados como vulnerados por parte de la accionante.