Por Tanto 1
La Sala Primera del Tribunal Agroambiental, en mérito a la potestad conferida por el art. 189 numeral 1 de la C.P.E., art. 4.I numeral 2 de la L. N° 025, art. 87.IV de la L. N° 1715 y en virtud de la jurisdicción que por ella ejerce, declara INFUNDADO el recurso de casación en el fondo de fs. 207 a 208 vta. de obrados, interpuesto por la recurrente Consuelo Bellido Salinas, con costas.
Regístrese, notifíquese y devuélvase.-
María Tereza Garrón Yucra Magistrada Sala Primera
Ángela Sánchez Panozo Magistrada Sala Primera
- Encabezado
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la sentencia recurrida en casación
- Antecedentes Procesales: Argumentos del Recurso de Casación interpuesto por la parte demandada.
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la contestación al recurso de casación
- Antecedentes Procesales: Trámite procesal
- Antecedentes Procesales: Actos procesales relevantes
- Fundamentos Jurídicos del Fallo
- FJ.II.1. La naturaleza jurídica del recurso de casación.
- FJ.II.2. La naturaleza jurídica de la acción negatoria en materia agraria.
- FJ.II.3. La finalidad y alcance del proceso de saneamiento.
- FJ.II.4. Análisis del caso concreto
- FJ.II.4. 1. Violación o interpretación errónea y aplicación indebida de la ley respecto de los arts.110 numeral 2 de la L. N° 439 y 1455 del Código Civil.
- FJ.II.4. 2. Error de hecho y de derecho en la valoración de las pruebas.
- Por Tanto 1
- SENTENCIA Nº 002/2021
- Considerando 1
- Considerando 2
- Considerando 3
- Considerando 4
- Considerando 5
- Considerando 6
- Por Tanto 2
