AUTO AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S1ª Nº 36/2021
Tribunal Agroambiental Bolivia

AUTO AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S1ª Nº 36/2021

Fecha: 04-May-2021

Por Tanto 2

POR TANTO : El suscrito Juez Agroambiental de la ciudad de Camargo, administrando justicia en primera instancia, a nombre del Estado Plurinacional y de la Ley, por la jurisdicción que por ella ejerce, al amparo de los arts. 30, 39 -5, 8 y 9), 76 y 86 de la Ley Nº 1715 del Servicio Nacional de Reforma Agraria, concordante con los arts. 393 del Decreto Supremo Nº 29215, reglamento de la Ley Nº. 1715, 393 de la Constitución Política del Estado, falla declarando:

1.PROBADA la demanda interpuesta por Marcela Soraya Cruz López y Juan Pablo Cruz López, en representación de Paula Valentina Oroza Ahonen y Jaime Juhani Oroza Ahonen en contra de Consuelo Bellido Salinas , declarando la inexistencia de derecho propietario de la demandada , ordenando el cese de la perturbación, por consiguiente se garantiza el ejercicio del derecho propietario de los actores poderdantes sobre la pequeña propiedad agrícola en copropiedad, de la propiedad denominada "Comunidad Campesina Palca Chica Parcela 005, con Titulo Ejecutorial Nº PPD-NAL-011659, con una superficie de 3.9253 hectáreas, ubicado en Chuquisaca, provincia Nor Cinti, Sección Primera, cantón Camargo ", más daños y perjuicios, averiguable en ejecución de sentencia.

2.IMPROBADA , con relación a la desocupación de casa de hacienda, por no corresponder la desocupación en acciones negatorias, teniendo esta clase de acciones el carácter declarativo, debiendo los interesados recurrir a la vía correspondiente para hacer efectivo su desocupación.

La presente sentencia es dictada en la ciudad de Camargo a los dieciséis días del mes de marzo del año dos mil veintiuno, la parte afectada con la presente resolución, está en su derecho de hacer uso del recurso que la ley le franquea, en el plazo legal dispuesto por el art. 87 -I) de la Ley Nº 1715 del Servicio Nacional de Reforma Agraria.

Regístrese .