Expediente: No 3711/2019
Tribunal Agroambiental Bolivia

Expediente: No 3711/2019

Fecha: 23-Jul-2021

3.2) Oliver Vilte Soria

I.3.2) Oliver Vilte Soria fue notificado mediante cédula con la demanda y auto de admisión del proceso contencioso administrativo, conforme consta la diligencia cursante a fs. 78.

Por memorial cursante a fs. 93 y vta. Oliver Vilte Soria, a través de sus representantes Daniela Alejandra Da Costa Cabrera y Ana Karina Bello López, solicitó se declare probada la demandada con la finalidad de restablecer el debido proceso, con los siguientes argumentos:

1) El 17 de noviembre (sin fecha) se apersonó ante el INRA Nacional solicitando el plazo de 20 días para que pudiera presentar toda la documentación de transferencia sobre la propiedad denominada "Santa Bárbara", sin embargo, el ente administrativo, no consideró tal petición y a través de Informe Legal DDSC COR G INF No 3061/2016 de 20 de noviembre de 2016, rechazó dicho apersonamiento, por considerar que no se habría acreditado con prueba documental, sin tener en cuenta, que precisamente, el plazo solicitado era para ese fin; informe con el que tampoco se le notificó, por ello no consta la diligencia de notificación, dejándolo en estado de indefensión privándolo del derecho de acceso a las tierras y a la defensa; y 2) Adquirió el predio denominado "Santa Bárbara" precisamente porque asumió conocimiento de que el proceso de saneamiento ya había concluido con el Informe en Conclusiones de 8 de octubre de 2004, en el que se reconoció a Julio Leige Hurtado -su vendedor- la superficie de 3488.5722 ha, informe que fue legalmente socializado a través de la Exposición Pública de Resultados, que no fue observado, estando pendiente la Titulación del predio que salga a su favor; sin embargo, después de once (11) años, se emitió la Resolución Administrativa RES ADM SAN TCO No 068/2015 de 10 de noviembre, anulando obrados hasta el Relevamiento de Información en Campo, que le causó un gravísimo perjuicio a su derecho al trabajo y acceso a la tierra, así como inseguridad jurídica.