Encabezado
SENTENCIA AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S1a No 34/2021
Expediente: No 3711/2019
Proceso: Contencioso administrativo
Demandante: Julio Leigue Hurtado
Demandado: Director Nacional a.i. del Instituto Nacional de Reforma Agraria
Distrito Santa Cruz
Predio: "Santa Bárbara"
Fecha: 23 de julio de 2021
Magistrada Relatora: Dra. Ángela Sánchez Panozo
Este Tribunal Agroambiental en su Sala Primera, resuelve la presente demanda contenciosa administrativa de fs. 8 a 12, interpuesta por Julio Leigue Hurtado, impugnando la Resolución Administrativa RA-ST Nº 0049/2018 de 24 de abril de 2018, emitida dentro del proceso de Saneamiento de Tierras Comunitarias de Origen (SAN-TCO) respecto al Polígono N° 502 que resolvió adjudicar el predio denominado "Santa Bárbara" en favor de Julio Leigue Hurtado con la superficie de 50.0000 ha, ubicado en el municipio Ascención de Guarayos, provincia Guarayos del departamento de Santa Cruz, en mérito a haber acreditado la legalidad de su posesión y, declaró tierra fiscal, la superficie de recorte de 3431.4381 ha de dicha propiedad por incumplimiento de la Función Económica Social, disponiendo su desalojo.
- Encabezado
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la demanda
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la contestación
- 3.1) Omar Quiroga Antelo, Director Ejecutivo Nacional de la Autoridad de Bosques y Tierra (ABT),
- 3.2) Oliver Vilte Soria
- 3.3) Cirila Tapendaba Urapiri, Representante legal de la Central de Organizaciones y Pueblos Indígenas Guarayos (COPNAG
- 3.3) Cirila Tapendaba Urapiri, Representante legal de la Central de Organizaciones y Pueblos Indígenas Guarayos (COPNAG: Trámite procesal
- 3.3) Cirila Tapendaba Urapiri, Representante legal de la Central de Organizaciones y Pueblos Indígenas Guarayos (COPNAG: Actos procesales relevantes en sede administrativa
- Fundamentos Jurídicos
- FJ.II.1. El proceso contencioso administrativo en materia agroambiental: Naturaleza jurídica y configuración procesal
- FJ.II.2. Examen del caso concreto
- FJ.II.2. 1 Sobre si la Resolución Administrativa RES. ADM. RA SAN
- FJ.II.2. 2 Respecto a la correcta verificación de la Función Económica Social (FES) por el INRA en la nueva Etapa de Relevamiento de Información en Campo
- FJ.II.2. 2.a) Sobre los supuestos argumentos contradictorios en el Informe en Conclusiones, emitido después de la anulación de actos procesales
- FJ.II.2. 2.b) Respecto al conocimiento del Informe en Conclusiones por el ahora demandante vinculado con la trascendencia de la nulidad de obrados cuando no tiene efectos modificatorios en la Resolución Final de Saneamiento, por la correcta verificación de la FES
- FJ.II.3. Con referencia al tercer interesado "Oliver Vilte Soria"
- Por Tanto 1
