SENTENCIA AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S1ª Nº 053/2023
Fecha: 23-Nov-2023
FJ.II.2. c. Con referencia a la Incongruencia de la Resolución Ministerial
FJ.II.2.c. Con referencia a la Incongruencia de la Resolución Ministerial - AMB N° 43 de 13 de julio de 2022;
Bajo el argumento del actor de que se habría excluido 70 antecedentes relevantes, amerita indicar que dichos antecedentes descritos en la demanda y en el expediente administrativo no son relevantes, al contrario, son notas presentadas por la Empresa sobre los tramites que estaría realizando desde gestiones anteriores, al cual la autoridad administrativa le otorgo en más de 7 veces plazos (prorrogas) entre 30, 15 y 10 días para que pueda complementar y subsanar dichas observaciones, entre ellas, la Licencia Ambiental que no estaba vigente y Certificación de Uso de Suelo, situación que señaló la vulneración del art. 17 inc. a) del DS. N° 28592, que complementa y modifica al DS. N° 24176 y Reglamento General de Gestión Ambiental RGGA y Reglamento de Prevención y Control Ambiental RPCA establecidas entre los fundamentos, para así emitir la Resolución Ministerial acusada por el demandante, no siendo suficiente simplemente señalar hechos y acontecimientos, lo cual reflejada con el expediente administrativo es contrario, toda vez, que tanto el Informe Legal INF/MMAYA/DGAJ/URJ N° 0136/2022 de 06 de julio de 2022 y Resolución Ministerial 043 de 13 de julio de 2022 claramente lo describen y expresan las infracciones cometidas por la AOP “Empresa de Servicios Agroindustrial Granos”.
- Encabezado
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la demanda
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la contestación
- Antecedentes Procesales: Terceros Interesados
- Antecedentes Procesales: Trámite Procesal
- Antecedentes Procesales: Actos procesales relevantes para resolver la demanda Contencioso Administrativa
- Fundamentos Juridicos
- FJ.II.1. Naturaleza jurídica del proceso contencioso administrativo
- FJ.II.2. a. Referido a la vulneración al debido proceso en sus elementos de fundamentación y congruencia resguardado por el art. 81 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y art. 115. II) de la C.P.E.;
- FJ.II.2. b. Con relación a la lesión del principio de verdad material y falta de exhaustividad, motivación y fundamentación de la Resolución recurrida;
- FJ.II.2. c. Con referencia a la Incongruencia de la Resolución Ministerial
- FJ.II.2. d. Con relación a la valoración de la prueba y que esta hubiere vulnerado el debido proceso;
- FJ.II.2. e. Con relación al principio de proporcionalidad previsto en el art. 75 de la Ley N° 2341;
- FJ.II.2. f. Prescripción de la infracción prevista en el art. 17 inc. b) del DS. N° 28592.
- Por Tanto 1