SENTENCIA AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S2ª Nº 014/2023
Fecha: 24-Abr-2023
Antecedentes Procesales: Actos procesales relevantes
I.5. Actos procesales
relevantes
Actos procesales cursantes
en el expediente N° 4684-NTE-2022.
Medios de prueba presentados
por la parte actora.
I.5.1. De fs. 2 a 3 vta. de
obrados, cursa Testimonio
franqueado por el Juzgado Público Civil y Comercial y de Sentencia N° 1 de
Tarata, respecto del Auto de 13 de septiembre de 1996, que declara heredero
forzoso ab intestato a Javier Fernández Encinas relictos al fallecimiento de
sus padres Serafín Fernández Terrazas y Juana Encinas López.
I.5.2. A fs. 4 de obrados, cursa
Formulario de Derechos Reales de 24 de abril de 2014 que detalla que a fs. 129
del Libro Primero de Propiedad de la Provincia Tarata, consta la partida N° 129
de 6 de julio de 1998, de las Declaratorias de Herederos de 12 de abril y 12 de
septiembre de 1996 de Javier, Teresa y Casilda Fernández Encinas, relictos al
fallecimiento de sus padres Fermín Fernández y Juana Encinas.
I.5.3. De fs. 5 a 6 vta. de
obrados, cursa Acta de Posesión de 28 de julio de 1998, ministrado a Teresa, Casilda
y Javier Fernández Encinas, por el Juzgado de Instrucción de Tarata dentro del
proceso Interdicto de Adquirir la Posesión, respecto al acervo hereditario de
sus padres Juana Encinas López y Serafín Fernández, de la propiedad denominada
Takcoloma, el cual deviene de la Resolución Suprema N° 140051 de 2 de agosto de
1967, con una superficie de 6.0567 ha, conforme consta por el plano cursante a
fs. 7.
I.5.4. A fs. 8 de obrados, cursa
Formulario de 24 de abril de 2014, expedido por el Registro de Derechos Reales,
que acredita que el Acta de Posesión del proceso de Interdicto de Adquirir la
Posesión, solicitado por Natalia Sandoval Encinas, Javier, Teresa y Casilda
Fernández Encinas, tiene partida literal de inscripción con base en la
adquisición otorgada mediante Resolución Suprema N° 140051, registrada a fs.
13, Pdta. 46 del Libro Agrario de Tarata de 1 de octubre de 1973 a nombre de
las prenombradas, dentro de los cuales
se encuentra comprendido la ahora demandada Teresa Fernández Encinas de Laura.
Medios de prueba presentados
por la parte demandada.
I.5.5. De fs. 310 a 321 vta. de
obrados, cursa Fotocopias legalizadas del proceso de Desalojo por Avasallamiento, interpuesto por la demandada Teresa
Fernández Encinas de Laura en contra del ahora actor Javier Fernández Encinas,
en la misma el abogado de la demandada señala que “su cliente Teresa Fernández Encunas de Laura, adquirió el inmueble en vigencia del matrimonio con su esposo
Mario Laura Yanarico y para lo cual adjunta copia legalizada del Testimonio
de Poder N° 255/2022, en la cual su esposo le otorga facultades específicas para que pueda proseguir con la
presente acción” (sic). A fs. 320 vta. antes de VISTOS, el abogado de la
ahora demandada refiere: “….en razón a
que hay derecho propietario a nombre de su clienta, misma que está respaldado
por la Constitución Política del Estado con un Título Ejecutorial, con la cual
tiene el uso y goce de su derecho propietario; en ese sentido, conforme se ha solicitado
en la demanda de fecha 8 de febrero de 2022, esta parte solicita a su autoridad
que pronuncie la respectiva sentencia disponiendo que el demandado Javier
Fernández Encinas, se abstenga a futuro constituirse a este inmueble, ya que no es un acervo hereditario”
(sic).
Actos procesales cursantes
en el expediente de saneamiento.
I.5.6-. De fs. 4249 a 4250 (foliación superior) cursa Ficha Catastral de 6 de julio de 2004, realizada a favor de Teresa Fernández Encinas de Laura, el cual en el ítem X.63 tiene como superficie declarada 6.5000 ha; en el ítem XVIII OBSERVACIONES, señala: “Las pericias se realizaron con normalidad, con presencia del propietario, dirigentes. Se identifica el predio, se monumenta los vértices. No hay oposición. El terreno es utilizado para recojo de leña, pastoreo y siembra. Cumple la Función Social” (sic).
I.5.7. A fs. 4271 (foliación superior), cursa Certificación de 13 de febrero de 2007, a través del cual la Organización Territorial de Base (OTB) de la Comunidad Campesina y Sindicato Agrario Takcoloma, señala: “La Sra. TERESA FERNANDEZ ENCINAS DE LAURA, es legítima dueña, propietaria y actual poseedora del predio N° 196 de 6.2251 ha…”. En la parte in fine refiere: “Derecho propietario adquirido en base a la Resolución Suprema 140051 de 2 de agosto de 1967, sucesión hereditaria y posesión libre, pacífica y continuada por más de 15 años atrás, ejerciendo actos posesorios y de dominio sobre esta tierra, pastando animales, recolectando leña, cumpliendo la función social requerida”.
(sic).
I.5.8. A fs. 4272 (foliación
superior) cursa Documento Privado de Reconocimiento de Derecho Propietario y
Acuerdo Transaccional de 11 de diciembre de 2007, suscrito entre Santiago
Corrales Encinas, Rosa Sandoval de Orellana, Teresa Fernández de Laura y Julia
López Encinas de Herbas, quienes como HEREDEROS COPROPIETARIOS, conforme la
cláusula segunda, se distribuyen las parcelas 196, 199, 200, 201, 203 y 204,
especificando que corresponde a título
de sucesión hereditaria, toda vez que ya estaría concluyendo el proceso de
saneamiento ante el INRA; acuerdo que hace mención al expediente agrario N°
10836, Auto de Vista de 27 de abril de 1965 y Resolución Suprema N° 140051 de 2
de agosto de 1967 y registrado en Derechos Reales.
I.5.9. A fs. 6517 y vta., cursa
Escritura Pública de Aceptación y Conformidad de Pericias de Campo, Linderos,
Colindancias, Ubicación, Superficie y Reconocimiento
de Derecho Propietario de 16 de diciembre de 2017, suscrito por Teresa
Fernández Encinas y Damián Siles, dirigente de la Comunidad Takcoloma, el cual
en su Cláusula Segunda hace referencia a que la demandada suscribe el mismo a
título de sucesión hereditaria.
I.5.10. De fs. 6523 a 6525, cursa
memorial presentado por Alberto Soliz y otros, en representación de la
Comunidad y OTB Takcoloma, misma que a fs. 6524, señala que Teresa Fernández de
Laura, conforme el documento de reconocimiento de derecho propietario y acuerdo
transaccional de 11 de diciembre de 2007 firma y actúa para sí y en
representación de sus hermanos Casilda Fernández y Javier Fernández Encinas.
- Encabezado
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la demanda
- Antecedentes Procesales: Antecedentes del derecho propietario y posesión
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la contestación
- Antecedentes Procesales: Trámite Procesal
- Antecedentes Procesales: Actos procesales relevantes
- Fundamentos Jurídicos
- F.J.II.1. La naturaleza jurídica de las demandas de nulidad de Título Ejecutorial
- FJ.II.2. El principio de buena fe
- FJ.III.1. En cuanto a que el Título Ejecutorial fue emitido con simulación absoluta (art. 50.I.2.c) de la Ley N° 1715)
- FJ.III.3. En lo referente a la causal de error esencial en la emisión del Título Ejecutorial N° PPD
- FJ.III.4. En cuanto a la causal de violación de leyes aplicables (art. 50.I.2.c) de la Ley N° 1715
- FJ.III.5. Respecto que la Resolución Suprema N° 09192 de 4 de marzo de 2013, anuló los Títulos Ejecutoriales individuales y colectivos con antecedente en la Resolución Suprema N° 140051 de 2 de agosto de 1967, no constando en dicha Resolución Suprema sus progenitores Serafín Fernández Terrazas y Juana Encinas López, lo que desvirtuaría lo alegado por el actor de que el predio objeto de la litis, tendría relación con la referido Resolución Suprema; de que la Declaratoria de Herederos en ninguna de sus partes individualiza o identifica el terreno motivo de la litis de 6.0567 ha, el cual es distinto al titulado por su persona que corresponde a la superficie de 5.8662 ha
- V. Por Tanto: