SENTENCIA AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S2ª N° 21/2023
Fecha: 16-May-2023
Antecedentes Procesales: Terceros Interesados
I.3
Terceros Interesados
I.3.1
Argumento del Tercero Interesado Director Ejecutivo del Servicio Nacional de
Áreas Protegidas (SERNAP)
Mediante memorial cursante de fs.
119 a 120 de obrados, se apersona Abel Jáuregui Zabala, en representación legal
de Teodoro Mamani Ibarra Director Ejecutivo del Servicio Nacional de Áreas
Protegidas (SERNAP), en mérito al Testimonio de Poder N° 12/2022 de 06 de
febrero de 2022, que cursa de fs. 98 a 99 vta. de obrados, en calidad de
tercero interesado, quien haciendo la devolución de la Orden Instruida que
efectivizó su notificación, manifiesta que dicha entidad no tiene interés
legítimo dentro del proceso, al no constituir la Reserva Guarayos un área
protegida, a cuyo efecto adjunta el Informe Técnico E-SERNAP/2022-00005 INF/DMA
N°0006/2022 de 06 de enero e informe legal INF/DJ/N° 0287/2022-E-SERNAP/2022-00005
de 25 de febrero de 2022, cursantes de fs. 100 a 106, por el cual corrobora lo
indicado.
I.3.2
Argumentos del Tercero Interesado la Autoridad de Fiscalización y Control
Social de Bosques y Tierra (ABT)
Mediante memorial cursante de fs.
217 a 218, en su calidad de Tercero Interesado, el Director Ejecutivo de la
Autoridad de Fiscalización y Control Social de Bosques y Tierra (ABT), se
apersona al proceso; sin embargo, la representación presentada es observada
mediante proveído de 27 de abril de 2022, cursante a fs. 220; por lo que es
subsanada la misma, por memoriales cursantes a fs. 397, adjuntando Testimonio
de Poder N° 998/2022 de 26 de agosto de 2022, (fs. 394 a 396 vta.), a fs. 425 y
vta., y 431 y vta. de obrados; posteriormente, mediante memorial cursante a fs.
493 y vta. de obrados, presentado inicialmente vía correo electrónico
institucional, adjuntando copias legalizadas del Auto Administrativo
AD-ABT-DDSC-PAS-258-2022 de 26 de octubre de 2022 e Informe Técnico
IDT-DGMBT-629-2022 de 28 de octubre (fs. 470 a 492), ponen en conocimiento la
determinación de paralizar toda autorización de desmonte, chaqueo o actividades
de uso y/o aprovechamiento forestales, entre otros, en los predios denominados
“La Gaviota”, “Chaco Perdido” y la “Muela del Diablo”; adjunta al efecto,
fotocopia legalizada emitido por la
Jefatura Nacional de Fiscalización y Control de la Autoridad de Fiscalización y
Control Social de Bosques y Tierra ABT.
- Encabezado
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la demanda contenciosa administrativa
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la Contestación
- Antecedentes Procesales: Terceros Interesados
- Antecedentes Procesales: .1. Auto de Admisión
- Antecedentes Procesales: Actos procesales relevantes
- Fundamentos Jurídicos
- FJ.II.1. Naturaleza jurídica de la demanda contencioso administrativa
- FJ.II.2. El saneamiento de la propiedad agraria y la conjunción de la posesión para acreditar la condición jurídica de “poseedor legal” vinculada al cumplimiento de la Función Social
- FJ.II.2. 1. Sobre la posesión y sus alcances
- FJ.II.2. 2. La conjunción de la posesión
- FJ.II.2. 3. Sobre la Función Social y Función Económica Social
- FJ.II.3. Sobre la Reserva Forestal Guarayos
- FJ.II.4. Sobre el medio ambiente, los derechos de la Madre Tierra y los recursos forestales
- FJ.II.5. La naturaleza jurídica y el alcance de las medidas cautelares ambientales en la tramitación de procesos ante el Tribunal Agroambiental
- FJ.II.6. El caso concreto
- Por Tanto 1