SENTENCIA AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S1ª N° 026/2023
Fecha: 30-Jun-2023
Encabezado
SENTENCIA
AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S1ª N° 026/2023
Expediente: Nº
4060/2020
Proceso: Contencioso
Administrativo
Demandante: Asociación
de Pequeños Productores Agropecuarios Campesinos Colonia Menonita Belize II
Demandados: Presidente
del Estado Plurinacional de Bolivia y
Ministro de Desarrollo Rural y Tierras
Distrito: Santa
Cruz
Predio: "Asociación
de Pequeños Productores Agropecuarios Campesinos Colonia Menonita Belize II"
Fecha: Sucre,
30 de junio de 2023
Magistrado
Relator: Dr. Gregorio Aro Rasguido
La demanda Contencioso
Administrativa, cursante de fojas (en adelante fs.) 22 a 36 vta. y memoriales
de subsanación de la demanda, cursantes a fs. 42 y 46 vta. de obrados,
interpuesta por la Asociación de Pequeños Productores Agropecuarios Campesinos
Colonia Menonita Belize II a través de sus representantes legales Jacob Wiebe
Martens y Skarlyn Mariely Palma Verduguez en mérito al Testimonio de Poder N°
182/2020 de 4 de diciembre de 2020, cursante de fs. 1 a 2 vta. de obrados,
impugnando la Resolución Suprema N° 26204 de 26 de diciembre de 2019, emitida
dentro del proceso de Saneamiento Simple de Oficio (SAN- SIM) respecto al
polígono N° 319, correspondiente a los predios “Yabare”, “Las Colonias
Menonitas Las Piedras II” y “El Cerro”, “Santa Rosa”, “Asociación de Pequeños
Productores Agropecuarios Campesinos Colonia Menonita Belize II” y “San
Hilarión”, ubicados en los municipios de Pailón y Cuatro Cañadas, provincias
Chiquitos y Ñuflo de Chávez del departamento de Santa Cruz.
- Encabezado
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la demanda contencioso administrativa
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la contestación de la demanda contenciosa administrativa
- Antecedentes Procesales: Argumentos de los terceros interesados
- Antecedentes Procesales: Trámite Procesal
- Antecedentes Procesales: Actos procesales relevantes en sede administrativa
- Antecedentes Procesales: Resolución Constitucional
- Fundamentos Jurídicos Del Fallo
- FJ.II.1. Naturaleza jurídica del proceso contencioso administrativo
- FJ.II.2. La finalidad y alcance del proceso de saneamiento
- FJ.II.3. Cumplimiento de la Función Social o Función Económica Social
- FJ.II.4. Tratamiento de predios en conflicto durante el saneamiento
- FJ.III.1. La propiedad de la UAGRM como empresarial, está sujeta al cumplimiento de la FES
- FJ.III.2. En el Relevamiento de Información en Gabinete, se identificó sobreposición de expedientes agrarios, en tal sentido correspondía previamente analizarse respecto de la validez de cada uno a efecto de establecer la situación legal de cada propietario estableciendo su condición de titulado, en trámite o de poseedor, que en el caso de la sobreposición de los expedientes "Yabaré" y " San Hilarión", al haber alcanzado este último la titulación más antes, correspondería que el trámite agrario de "Yabaré" sea anulado por vicios de nulidad absoluta.
- FJ.III.3. Contradicciones respecto de la clasificación del predio "Yabaré"
- FJ.III.4. Cumplimiento total de la FES por la Asociación de Pequeños Productores Agropecuarios Campesinos Colonia Menonita Belize II y posesión anterior a la promulgación de la Ley N° 1715 , por lo que habría correspondido el reconocimiento de la totalidad de la superficie en favor de la citada Asociación, considerando además la igualdad de condiciones de ambos propietarios, en cuya razón, ante la existencia de conflicto, habría correspondido proceder conforme lo establecido por el art. 272 del D.S. N° 29215 con relación a predios en conflicto.
- FJ.III.5. Daño económico al Estado y falta de fundamentación y motivación en la resolución impugnada
- Por Tanto 1