SENTENCIA AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S2ª Nº 52/2023
Tribunal Agroambiental Bolivia

SENTENCIA AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S2ª Nº 52/2023

Fecha: 18-Sep-2023

FJ.II.4. 4. En cuanto a la sustanciación del proceso de saneamiento con evidente fraude en la antigüedad de la posesión

FJ.II.4.4. En cuanto a la sustanciación del proceso de saneamiento con evidente fraude en la antigüedad de la posesión.- Subsumiendo a lo valorado en los FJ.II.4.1, FJ.II.4.2 y FJ.II.4.3, respecto a la existencia de fraude en la antigüedad de la posesión establecida en el art. 268 del D.S. N° 29215, así como la exigencia prevista en el art. 66.I.1 de la Ley N° 1715 y la Disposición Transitoria Octava de la Ley N° 3545, conforme los fundamentos de hecho y de derecho expuestos precedentemente, este extremo deberá ser reencausado por el ente administrativo en el proceso de saneamiento, en aplicación del art. 64 de la Ley N° 1715, al evidenciarse contradicción entre la información declarada por Gerardo Maita Fuentes en el proceso de saneamiento y la documentación adjuntada por la opositora, ahora demandante.