SENTENCIA AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S2ª Nº 01/2024
Tribunal Agroambiental Bolivia

SENTENCIA AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S2ª Nº 01/2024

Fecha: 02-Abr-2024

Antecedentes Procesales: Actos procesales relevantes

I.6. Actos procesales relevantes

Actos procesales relevantes en el expediente de saneamiento.

I.6.1. De fs. 92 a 97, cursa copia autenticada de la Resolución Administrativa DDSC-RA-No 0092/2011 de 15 de abril, que en su parte resolutiva declara como área priorizada los polígonos Nos. 176, 177, 178 y 179 e instruye la aplicación del Procedimiento Común de Saneamiento

I.6.2. De fs. 98 a 104, cursa copia autenticada de la Resolución de Inicio de Procedimiento DDSC.RA N° 0093/2011 de 18 de abril, donde se puede verificar las colindancias perimetrales de los polígonos Nos. 176, 177, 178 y 179; asimismo, intima a propietarios, subadquirentes y poseedores de los predios a presentarse al proceso, acreditando su identidad o personería jurídica y probar la legalidad, fecha y origen de su posesión, debiendo presentar la documentación correspondiente ante los funcionarios encargados de la sustanciación del procedimiento dentro del plazo establecido en dicha resolución, es decir, del 21 abril al 10 de mayo de 2011, disponiendo medidas precautorias de prohibición de asentamiento, paralización de trabajos, prohibición de innovar, no consideración de transferencias de predios.

I.6.3. De fs. 105 a 108, cursa Edicto Agrario de 18 de abril de 2011.

I.6.4. A fs. 109, cursa copia verificada del Edicto Agrario publicado en el periódico “La Estrella del Oriente”.

I.6.5. A fs. 110, cursa copia verificada del Aviso Publico de 18 de abril de 2011.

I.6.6. A fs. 111, cursa copia verificada de la Factura N° 167 emitida por la Radio Fides Santa Cruz S.R.L., de 19 de abril de 2011, radiodifusora que fue contratada a efectos de realizar la lectura del Aviso Público los días 19, 21, 23 de abril de 2011.

I.6.7. De fs. 121 a 122, cursa copia autenticada Resolución Administrativa DDSC-RA-No 0119/2011 de 23 de mayo, que dispone ampliar el plazo previsto en la Resolución de Inicio de Procedimiento DDSC-RA N° 0093/2011, a efectos de realizar la ejecución de Relevamiento de Información en Campo desde el día 26 de mayo al 4 de junio de 2011.

I.6.8. A fs. 123, cursa copia autenticada del Aviso Público en relación a la Resolución Administrativa DDSC RA-N° 0119/2011 de 23 de mayo.

I.6.9. A fs. 124, cursa copia autenticada Edicto Agrario en relación a la Resolución Administrativa DDSC RA N° 0119/2011 de 23 de mayo.

I.6.10. A fs. 125, cursa copia verificada de la Carta de Citación dirigida a la Federación Sindical Única de Trabajadores Campesinos de Santa Cruz de 19 de abril de 2011.

I.6.11. A fs. 126, cursa copia verificada de la notificación con la Resolución Administrativa DDSC-RA-No 0092/2011 de 15 de abril de 2011 y Resolución de Inicio de Procedimiento DDSC.RA N° 0093/2011 de 18 de abril de 2011, dirigida a la Federación Sindical Única de Trabajadores Campesinos de Santa Cruz, de 19 de abril de 2011, recibido por Concepción Cáceres Iporre, en su condición de Secretaria Ejecutiva.

I.6.12. A fs. 127, cursa copia verificada de la notificación dirigida a Mario Renteria Zanabria en su condición de Control Social con la Resolución Administrativa DDSC-RA-No 0092/2011 de 15 de abril y Resolución de Inicio de Procedimiento DDSC.RA N° 0093/2011 de 18 de abril.

I.6.13. A fs. 128, cursa copia verificada de la carta de citación de 21 de abril de 2011, dirigida a Ronald Justiniano Coronado, como representante de la Asociación de Ganaderos de Pailón - ASOGAPA.

I.6.14. De fs. 129 a 130, cursa copia verificada del Acta de la Federación Sindical de Trabajadores Indígenas Originarios Campesinos Regional de la Gran Chiquitania, sobre el Nombramiento del Control Social para el Saneamiento de 20 de abril de 2011.

I.6.15. A fs. 131, cursa copia verificada del Grupo de Trabajo del Control Social.

I.6.16. De fs. 132 a 134, cursa copia verificada del Acta de realización de Campaña Pública de 21 de abril de 2011, firmada por todos los beneficiarios que estuvieron presentes.

I.6.17. A fs. 135, cursa copia verificada del Acta de Inicio de Relevamiento de Información en Campo, donde firman los interesados y participantes del proceso, Control Social y demás personas interesadas.

I.6.18. A fs. 138, cursa copia verificada de la carta de citación a José Mariano Murillo Herrera de 20 de abril de 2011, del predio “La Ponderosa”.

I.6.19. De fs. 145 a 146, cursa Ficha Catastral del predio “La Ponderosa” de 21 de abril de 2011, cuyo acápite de Verificación de la Función Social registra actividad ganadera con 1008 bovinos y 6 equinos, señala su Registro de Marca, presenta pasto sembrado, equipos, infraestructura; asimismo, el acápite de observaciones registra mejoras consistentes en “Vivienda de Material, Pozos de agua, corral con brete y balanza, potreros de pasto sembrado, dos galpones”.

I.6.20. A fs. 147, cursa fotocopia simple del Acta de apersonamiento y recepción de documentos, consistente en la acreditación de documentos de transferencia, boleta de pago de impuestos, plano referencial, certificado alodial, certificado de vacunación, certificación de ASOGAPA, Guía de Movimiento de Ganado, Testimonios de Cancelación de hipoteca, adjunta en fotocopia simple.

I.6.21. A fs. 249, cursa Declaración Jurada de Posesión de 15 de abril de 1987 correspondiente a José Mariano Murillo sobre el predio “La Ponderosa”.

I.6.22. A fs. 251 a 251, cursa croquis predial del predio “La Ponderosa”.

I.6.23. De fs. 253 a 261, cursan Actas de Conformidad de Linderos.

I.6.24. A fs. 262, cursa acta de conteo de ganado, refrendado por el Secretario de Tierra y Territorio de Medio Ambiente, Mario Renterias Zanabria, en su condición de control social.

I.6.25. De fs. 263 a 268, cursa fotografías de mejoras del predio “La Ponderosa”.

I.6.26. A fs. 286, cursa carta de citación a Ventura Luis Sánchez Salas, de 28 de abril de 2011, predio “Ladrillera Sánchez”.

I.6.27. De fs. 293 a 294, cursa Ficha Catastral de 30 de abril de 2011 del predio “Ladrillera Sánchez”, cuyo acápite de verificación de la Función Social indica la existencia de infraestructura, residencia y en observaciones señala como mejoras galpón para depósito de ladrillos y maquinaria para la fabricación de ladrillos. Documento que se encuentra refrendado por la autoridad local designada como Control Social, Mario Renterias Zanabria.

I.6.28. A fs. 308, cursa Certificación emitida por el Corregidor de Pailón Wilson Cuellar, por el cual acredita la posesión Benaventura Sánchez Blazquez respecto del predio “Ladrillera Sánchez”, refiriendo la tradición de la posesión a través de compras y ventas a partir del Título Ejecutorial N° 16599 de 23 de julio de 1987.

I.6.29. De fs. 313 a 316, cursa Actas de Conformidad de Linderos suscritos por sus colindantes en conformidad, del predio “Ladrillera Sánchez”.

I.6.30. De fs. 317 a 318, cursa fotografía de mejoras del predio “Ladrillera Sánchez”.

I.6.31. De fs. 331 a 332, cursa carta de citación a Hugo Ramón Gutiérrez Rojas de 29 de abril de 2011, por el predio “Rio Grande”.

I.6.32. De fs. 338 a 339, cursa Ficha Catastral de 2 de mayo de 2011 del predio “Rio Grande”, cuyo acápite correspondiente a la verificación de cumplimiento de la Función Social señala residencia, actividad agrícola y mejora; asimismo, en observaciones señala la existencia de material y cultivo de sorgo, documento refrendado por Mario Renterias Zanabria en su condición de Control Social del saneamiento.

I.6.33. A fs. 343, cursa Declaración Jurada de Posesión de 10 de mayo de 2011, que certifica la posesión de Hugo Ramón Gutiérrez Rojas, desde el 3 de octubre de 1994, sobre el predio “Rio Grande”.

I.6.34. De fs. 346 a 350, cursa Actas de Conformidad de Linderos suscrita con los colindantes del predio “Rio Grande”.

I.6.35. A fs. 351, cursa fotografías de mejoras del predio “Rio Grande” donde se identifica al representante del predio, a Rómulo Beltrán, como Control Social del saneamiento.

I.6.36. De fs. 428 a 429, cursa carta de citación dirigida a Hugo Oscar Romano, de 1 de mayo de 2011, por el predio el “Justo”.

I.6.37. De fs. 433 a 434, cursa Ficha Catastral de 2 de mayo de 2011, del predio el “Justo”, cuyo acápite de verificación de la Función Social señala residencia y en observaciones consigna vivienda de material, construcción de material para oficinas, fábrica y maquinaria de algodón, balanza electrónica, pozo de agua con tanque, documento que se encuentra refrendado por el Control Social, Mario Renterias Zanabria.

I.6.38. A fs. 541, cursa Declaración Jurada de Posesión, de Hugo Oscar Romano sobre el predio denominado “Justo”, desde el 30 de enero de 1996, refrendado por Wilson Cuellar M., Corregidor de Pailón.

I.6.39. De fs. 544 a 546, cursan Actas de Conformidad de Linderos del predio “Justo”

I.6.40. De fs. 547 a 549, cursan fotografías de mejoras del predio “Justo”.

I.6.41. De fs. 983 a 997, cursa el Informe en Conclusiones de 18 de enero de 2017.

I.6.42. De fs. 1003 a 1010, cursa Informe de Cierre de 03 de febrero de 2017.

I.6.43. De fs. 1026 a 1027, cursa Informe de Socialización de 15 de mayo de 2018.

FJ.II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

Esta instancia jurisdiccional, en cumplimiento de la Resolución dictada por la Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz de 20 de junio de 2023, que concede la tutela al accionante (Viceministerio de Tierras), dejando sin efecto la Sentencia Agroambiental Plurinacional S2a N° 56/2022, cuyo problema jurídico y punto ÚNICO, refiere que debe realizarse una debida fundamentación y motivación respecto al incumplimiento de la medida precautoria de no consideración de transferencias dispuestas en la Resolución de Inicio de Procedimiento DDSC.RA N° 0093/2011 de 18 de abril, con relación a los predios “La Ponderosa”, “Ladrillera Sánchez”, “Rio Grande” y “Justo”; en ese sentido, desarrollara los siguientes ejes temáticos: 1) La naturaleza jurídica del proceso contencioso administrativo; 2 ) El saneamiento de la propiedad agraria y el cumplimiento de la Función Económica Social; 3) El principio de verdad material; 4) Los presupuestos de procedencia de la nulidad de los actos procesales; 5) Análisis del caso concreto.