Resolución recurrida: Sentencia N° 1/2020 de 21 de enero de 2020, pronunciada por la Jueza Agroambiental de San Borja.
Tribunal Agroambiental Bolivia

Resolución recurrida: Sentencia N° 1/2020 de 21 de enero de 2020, pronunciada por la Jueza Agroambiental de San Borja.

Fecha: 25-Mar-2021

Considerando 2

CONSIDERANDO II:

Con las consideraciones y fundamentos que a continuación se dirán se tienen los siguientes aspectos de importancia para la resolución de la presente causa:

I.- En primer término corresponde puntualizar lo referente al régimen legal aplicable, a partir del cual se pueden establecer las conclusiones referentes a la demanda de cumplimiento de contrato.

1).- La demanda de cumplimiento de obligación según el art. 378 y 379 486 numerales I Y II, ambos del Nuevo Cód. de Proc. Civil que en base a un título con fuerza de ejecución se puede demandar el cumplimiento de una obligación, esto en razón al título con fuerza ejecutiva, la competencia Agroambiental de la juzgadora, la personalidad de las partes, la exigibilidad de la obligación y el plazo vencido.

2).- La parte demandante Sonia Maria del Rio Callau en representación de Héctor Ramón Prince presenta demanda de cumplimiento de contrato contra Zhongde Liang representante legal de la empresa CCC second Higway Engineering CO LTD Sucursal Bolivia enmarcándose en dicha acción dado que tiene el título ejecutivo entre la demandante y demandado, el primeros como acreedora y el segundo como deudor como lo establece el documento base de la acción cursante a Fs. 21 a 22 de obrados.