Resolución recurrida: Sentencia N° 02/2022 de 27 de julio de 2022
Tribunal Agroambiental Bolivia

Resolución recurrida: Sentencia N° 02/2022 de 27 de julio de 2022

Fecha: 04-Oct-2022

FJ.II.3. 3. Con referencia al reclamo de que a los codemandantes Guillermo Mealla Solano y Rogelio Montes, se les habría señalado que tienen el derecho de acudir a las instancias que consideren pertinentes

FJ.II.3.3. Con referencia al reclamo de que a los codemandantes Guillermo Mealla Solano y Rogelio Montes, se les habría señalado que tienen el derecho de acudir a las instancias que consideren pertinentes.- Al respecto, si bien la Juez de instancia a fs. 204 de obrados, señala que los codemandantes Guillermo Mealla Solano y Rogelio Montes, pueden acudir a las instancias que consideren pertinentes; sin embargo, este hecho afirmado tiene correlación con lo expuesto en la sentencia recurrida a fs. 203 vta. de obrados, pues la Juez de instancia mencionando las acciones de defensa que, están legisladas en los arts. 1461 y 1464 del Código Civil, refiere que, no obstante que en un Interdicto de Retener la Posesión se ventila la defensa de la posesión, en la que no está en cuestión el derecho propietario que alega tener el recurrente; empero, el mismo podrá ser dilucidado en otra instancia y/o proceso diferente; lo que acredita que, lo acusado por los recurrentes, de inobservancia del art. 115 de la CPE, no resulta ser evidente, porque en los procesos posesorios al no discutirse el derecho de propiedad, la resolución emitida en esos casos no constituyen cosa juzgada material, toda vez que las partes tienen la posibilidad de acudir a otras acciones legales para hacer valer sus derechos.