Auto Supremo AS/0454/2003
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0454/2003

Fecha: 16-Sep-2003

IV


IV.1. Concluye: Se case el A.V., o en su caso anulen obrados hasta el vicio más antiguo., sin especificar la causal del art. 297 del Cód. de Pdto. Pen