Auto Supremo AS/0454/2003
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0454/2003

Fecha: 16-Sep-2003

Roxana Rojas Ruíz apoderada de la Superintendencia de Bancos y Entidades Financieras, recurre de casación


Roxana Rojas Ruíz apoderada de la Superintendencia de Bancos y Entidades Financieras, recurre de casación a fs. 13.756 - 13.759, acusa que la Corte de alzada al no haber aplicado correctamente sus preceptos ha violado los arts. 44, 46, 199, 203 y 229 del Cód. Pen., por cuanto el otorgamiento de los poderes efectuados por Gloria Siles Alegria y Dalcy Velez Ocampo vda. de Siles como accionistas de RIBALDI S.A., a empleados de esa sociedad ficticia para que realicen actividades de intermediación financiera ilegales y prohibidas por ley, en su propio beneficio, como los documentos utilizados como pagares y cartas, eran falsos y no tenían otro propósito que sonsacar dinero al BBI International Banking Corporatión, sabiendo que ese era un banco ilegal y que su representante RIBALDI S.A., no tenía autorización para captar dineros del público. Finalmente, considera que no solamente existe plena prueba en la comisión de los delitos tipificados por los arts. 199, 203 y 229 del Cód. Pen., sino que también ha existido concurso ideal, pues con las mismas acciones se han violado diversas disposiciones legales que se excluyen entre sí, resultando la infracción directa de los arts. 44 y 46 del Código Punitivo