Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0192/2005
Fecha: 25-Oct-2005
Patricia Parada Loras
Patricia Parada Loras
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MINISTRO RELATOR: Dr. Armando Villafuerte Claros
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CONSIDERANDO: La sentencia de primera instancia pronunciada por el Juez 4° de Partido en lo
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2) Y
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3) La demandante "ha fabricado prueba para tratar de justificar la supuesta instalación de los
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4) Se reconoce que la demandante retiene ilegalmente los tanques de GL desde la suscripción
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5) El pago de daños y perjuicios constituye lo principal de la demanda, sin embargo,
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6) Finalmente, señala que la demanda es improcedente conforme dejó establecido en su recurso de
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Con tales argumentos solicita casar el auto de vista recurrido
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b) Recurso de casación presentado por Elizabeth Chávez Guzmán
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Nulidad o casación en la forma.- Señala lo siguiente
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Casación en el fondo.- En este recurso, expone los siguientes argumentos
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Tales antecedentes -agrega- demuestran que nunca ha existido un requerimiento formal para la devolución de
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2) No es evidente que retenga sin justificación legal alguna los tanques ya que además
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Sobre la base de tales antecedentes, afirmando que Y
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CONSIDERANDO: Examinados los datos del proceso, con relación a los recursos de casación en el
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La mandataria de Y
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Lo anterior hace recordar que en la esfera del derecho la buena fe es un
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Y
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Consiguientemente, en el sub lite, la Transportista no sólo ha ofrecido cumplir su obligación, conforme
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Con esa afirmación el ad quem desconoce su propia resolución de vista de fs
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A la falta de fuerza probatoria de la fotocopia mencionada, se agrega el contrasentido en
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Sin embargo de ello, el ad quem, parece olvidar que el derecho de retención es
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Messineo, que influyó en la elaboración de nuestro Código de 1976, escribe en su Manual
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Se aclara que el derecho de retención no siempre se refiere a la restitución de
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En el presente caso concurren esos requisitos para el ejercicio del derecho de retención que
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Las consideraciones expuestas precedentemente hacen que el recurso de casación en el fondo presentado por
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II. Recurso de casación en la forma interpuesto por Elizabeth Chávez Guzmán
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En lo que concierne a este recurso planteado por Elizabeth Chávez Guzmán, el examen del
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POR TANTO: La Sala Civil Primera de la Corte Suprema de Justicia, con la facultad
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En cuanto al recurso de casación en el fondo presentado por Elizabeth Chávez Guzmán, a
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Para formar resolución, interviene el Ministro Juan José Gonzalez Osio, de la Sala Social Segunda,
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Firmado : Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
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Dr. Armando Villafuerte Claros
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Dr. Juan José González Osio
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Proveído : Sucre, 25 de Octubre de 2005
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Patricia Parada Loras
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Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
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