Auto Supremo AS/0832/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0832/2007

Fecha: 30-Nov-2007

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5.- Respecto del fundamento de la presunta inobservancia de los plazos procesales establecidos por las normas del Código Tributario y Código de Procedimiento Civil, al dictarse la Resolución Administrativa impugnada y las sentencias emitidas en el caso presente, se concluye que no es evidente, pues éstos plazos se computan desde del ingreso del expediente a despacho de la Autoridad correspondiente, por lo que no se advierte violación de norma alguna