b) Como casación en el fondo, acusa la violación de los arts
b) Como casación en el fondo, acusa la violación de los arts. 4º, 62, 159 y 162 del Cód. Trib. (Ley 1340), reclamando extemporáneamente sobre la forma de notificación con la Resolución Determinativa, y que no se consideró la exención expresa establecida en el art. 76 inc. j) de la Ley Nº 843, en la que basa esencialmente su demanda, cuando el auto de vista recurrido afirma "que no existe ninguna ley que en forma expresa determine la exención del pago del IT al GLP, y por consiguiente, corresponde el pago del mismo"
- AUTO SUPREMO Nº 383 - Contencioso Tributario Sucre, 04 de septiembre de 2008
- CONSIDERANDO I: Que, tramitada la demanda contenciosa tributaria, el Juez Primero en materia Administrativa, Coactiva
- En grado de apelación deducida por la Empresa Petrolera Chaco S
- Este fallo motivó el recurso de casación en la forma y en el fondo de
- Expresa también que el Tribunal de alzada no realizó ninguna valoración respecto de la calificación
- b) Como casación en el fondo, acusa la violación de los arts
- CONSIDERANDO II: Que, así expuestos los fundamentos del recurso de casación, con base a los
- II
- 1)
- 2)
- Para arribar a la conclusión anterior, no consideró que en el marco del art
- 3)
- 4)
- IV
- Consiguientemente, esta Corte encuentra la conducta del sujeto pasivo incursa en la calificación legal de
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Para resolución, según convocatorias de fs
- Fue disidente la Sra
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Dr. Jaime Ampuero García
- Sucre, 04 de septiembre de 2008
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
