CONSIDERANDO II: Que, así expuestos los fundamentos del recurso de casación, con base a los
CONSIDERANDO II: Que, así expuestos los fundamentos del recurso de casación, con base a los antecedentes del proceso se establece lo siguiente:
I.- Que, el auto de vista de 3 de septiembre de 2004 cursante a fs. 844-849, confirma la sentencia de fs. 783-796, resolviendo el fondo de la litis conforme la previsión de los arts. 190 y 192-3º) del Cód. Pdto. Civ., manteniendo firme y subsistente la Resolución Determinativa de 11 de diciembre de 2003 por Bs. 2.617.759, más actualización de valor, intereses y multas por mora, multa del 100% del impuesto omitido y actualizado y multa por incumplimiento a deberes formales, dejando sin efecto las sanciones impuestas por incumplimiento a deberes formales emergentes de las omisiones observadas en la registración de Libro de Ventas IVA, debiendo proceder la Administración Tributaria a su discriminación; dando por bien aplicadas las disposiciones legales en las que se sustenta la resolución de grado
- AUTO SUPREMO Nº 383 - Contencioso Tributario Sucre, 04 de septiembre de 2008
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- Este fallo motivó el recurso de casación en la forma y en el fondo de
- Expresa también que el Tribunal de alzada no realizó ninguna valoración respecto de la calificación
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- II
- 1)
- 2)
- Para arribar a la conclusión anterior, no consideró que en el marco del art
- 3)
- 4)
- IV
- Consiguientemente, esta Corte encuentra la conducta del sujeto pasivo incursa en la calificación legal de
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Para resolución, según convocatorias de fs
- Fue disidente la Sra
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Dr. Jaime Ampuero García
- Sucre, 04 de septiembre de 2008
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
