Auto Supremo AS/0383/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0383/2008

Fecha: 04-Sep-2008

Expresa también que el Tribunal de alzada no realizó ninguna valoración respecto de la calificación


Expresa también que el Tribunal de alzada no realizó ninguna valoración respecto de la calificación de la conducta para determinar que se hubiera cometido el delito de defraudación obviando los principios rectores que rigen en materia penal, es decir, no puede exigirse al administrado que pruebe su inocencia, sino que corresponde a la Administración Tributaria demostrar que en el caso concreto se obró con culpabilidad, lo que debe hacerse en forma razonada y documentada