Auto Supremo AS/0218/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0218/2009

Fecha: 14-Oct-2009

Apelado el auto interlocutorio por la demandante, la Sala Civil Primera de la Corte Superior


Apelado el auto interlocutorio por la demandante, la Sala Civil Primera de la Corte Superior de Santa Cruz la confirmó mediante el Auto de Vista N° 399 de 07 de octubre de 2005, cursante a fs. 232-232 vlta. Esta resolución de vista, dio lugar al recurso de casación en el fondo que nos ocupa, en el que el se acusa: a) La violación, interpretación y aplicación errónea de la ley, en concreto acusa la infracción del art. 380 del Código de Familia y arts. 25, 26, 27, 29 y 30 de la Ley de Organización Judicial, no correspondiendo bajo ningún tipo de argumento jurídico procesal el declinar competencia al juez civil, por estar plenamente demostrado el vínculo con el derecho de familia al que está circunscrita la demanda; y b) Error de hecho y de derecho en la apreciación de las pruebas, porque la demanda "...versa también sobre el reconocimiento de mejor derecho propietario y la reivindicación, bajo el fundamento incontrovertible de que los fundos rústicos objeto de la litis, tal como se demuestra por los certificados de tradición salientes a fs. 106-122 vlta., fueron adquiridos durante la vigencia de la unión libre y dicha unión libre ya fue reconocida mediante sentencia ejecutoriada, extremo demostrado por los testimonios salientes a fs. 1-12...", lo que desvirtúa los fallos recurridos