Auto Supremo AS/0218/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0218/2009

Fecha: 14-Oct-2009

Por lo expuesto, no existe la argüida violación del art


Por lo expuesto, no existe la argüida violación del art. 116 ni errónea interpretación del art. 380 del Código de Familia, como se acusa en el recurso de casación, porque las cuestiones planteadas en la demanda corresponden netamente al ámbito civil y no dependen, en absoluto, de la decisión de ninguna cuestión familiar, en el caso, la ganancialidad de bienes comunes o la unión unión conyugal libre o de hecho