Auto Supremo AS/0295/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0295/2010

Fecha: 22-Jun-2010

CONSIDERANDO: Que contra el citado Auto de Vista, dentro del término previsto por el art


CONSIDERANDO: Que contra el citado Auto de Vista, dentro del término previsto por el art. 303 del Código de Procedimiento Penal de 1972, con los argumentos expuestos en los memoriales de fojas 3938 a 3940; de fs. 3944 a 3946 y de fojas 3953 a 3954, los co-procesados Elva Rosario Montecinos Ignacio, Wizar Pizzano Saavedra y Niceto Raúl Requena Kaisler, interpusieron recurso de Nulidad y Casación al amparo de los arts. 296, 297, 298, 299, 302 y 303 del Código de Procedimiento Penal de 1972, arguyendo:

1.- Elva Rosario Montecinos Ignacio, acusa la infracción del artículo 297 inc. 7) y 355 del Código de Procedimiento Penal; los arts. 90 y 236 del Código de Procedimiento Civil y la Ley sustantiva en sus artículos 363 bis y 22 del Código Penal. Arguyendo que fue sentenciada a 80 días multa a razón de 5 Bs. por día, por el delito de alteración uso y acceso indebido a datos informáticos previsto por el art. 363 ter del Código Penal, que no estaba incluido en el Auto Final de procesamiento y por el que no fue juzgada; sin embargo, el Auto de Vista recurrido en lugar de subsanar aquello la condenó a tres años de reclusión por el delito de instigación a manipulación informática, apartándose de la pertinencia de la resolución debido a que no se adecuó a los puntos apelados por el querellante ni por su persona. Finaliza pidiendo se anule obrados hasta el vicio más antiguo o en su caso se case el recurso extraordinario