Auto Supremo AS/0295/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0295/2010

Fecha: 22-Jun-2010

Que en el caso de autos, como se dijo anteriormente, el Tribunal de Alzada, obró


Que en el caso de autos, como se dijo anteriormente, el Tribunal de Alzada, obró conforme al art. 290 del Código de Procedimiento Penal de 1972, y anuló parcialmente la sentencia apelada, y dictó una sentencia modificatoria, tomando en cuenta los puntos apelados tanto por la parte querellante como por la parte querellada, al evidenciar que la A-quo, cometió algunos defectos procesales en la apreciación de los hechos en cuanto al delito de manipulación informática previsto en el art. 363 bis del Código Penal, e instigación a manipulación informática, llegó a la conclusión lógica y jurídica que en contra de los procesados existen suficientes elementos de prueba que generaron convicción plena en el juzgador, que los encausados son autores del referido delito, además de los otros delitos, por los que ahora se los condena y se establece costas a favor del Estado y responsabilidad civil, a favor de la entidad querellante