Auto Supremo AS/0295/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0295/2010

Fecha: 22-Jun-2010

Que al haber obrado de ese modo el Tribunal de Apelación no vulneró el principio


Que al haber obrado de ese modo el Tribunal de Apelación no vulneró el principio de la reformatio impeius (reforma en perjuicio), toda vez que el recurso de apelación fue presentado por la parte querellante y querellada; el Auto Final de la instrucción o de procesamiento fue dictado entre otros, por el delito de manipulación informática, que se investigó durante el sumario y el plenario de la causa y no otro, por lo que corresponde al superior en grado, adecuar la conducta de los procesados a los tipos penales correctos, e imponer las penas correspondientes, lo contrario resultaría ilegal, pues los hechos no se adecuarían al tipo penal ni a la pena, originándose un fallo al margen de la Ley, lo que no es posible pasar por alto. Pues se entiende que existe reforma en perjuicio, cuando habiéndose adecuado la conducta al tipo penal correcto, la pena es agravada indebidamente por el superior en perjuicio del procesado, lo que no acontece en el caso de autos