Auto Supremo AS/0295/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0295/2010

Fecha: 22-Jun-2010

Que en cuanto a Wizar Pizzano Saavedra, se revocaron los delitos por los que se


Que en cuanto a Wizar Pizzano Saavedra, se revocaron los delitos por los que se lo condenó en Sentencia, tomando en cuenta que de acuerdo a lo referido precedentemente, su conducta se adecua en el art. 363 bis del Código Penal, manipulación informática, debido a que el procesado fue inducido por su superiora a manipular el sistema informático, por lo que el Tribunal de apelación aplicó la atenuante prevista en el art. 39 inc. 3) del Código Penal como delito culposo, y lo condenó a un año de reclusión con los mismos días multa de la sentencia tomando en cuenta que la pena prevista en el art. 363 bis del Código Penal, es de 1 a 5 años de reclusión