Auto Supremo AS/0295/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0295/2010

Fecha: 22-Jun-2010

Que dicha Resolución condenatoria, fue apelada dentro del plazo previsto por el art


Que dicha Resolución condenatoria, fue apelada dentro del plazo previsto por el art. 284 del Código de Procedimiento Penal de 1972, por parte de tres procesados, así como de la parte querellante. Remitido el proceso ante la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, el 22 de junio de 2006 (fojas 2388 y vlta.). La Sala Penal Segunda de esa Corte Superior de Distrito, de conformidad con el artículo 290 del CPP de 1972, emitió el Auto de Vista el 67/2006 de 4 de noviembre, (fojas 3930-3934), por el que anuló parcialmente la sentencia apelada, señalando que es incompleta y contradictoria y en su lugar dictó nueva Sentencia en la que confirmó la absolución de Víctor Alberto Rodríguez Aguilar; de Elva Rosario Montecinos Ignacio por uso indebido de influencias; de Niceto Raúl Requena Kaisler por beneficio en razón del cargo e incumplimiento de deberes, y a la vez declaró a Elva Rosario Montecinos Ignacio, autora de Instigación a manipulación informática condenándola a 3 años de reclusión más 180 días multa a razón de Bs. 5 por día, a Wizar Pizzano Saavedra, autor de manipulación informática condenándole a 1 año de reclusión más 50 días multa a razón de Bs. 5 por día y; se confirmó la sentencia contra Niceto Raúl Requena Kaisler aclarando que el segundo delito es por manipulación informática; se confirmó la sentencia de Lucas David Calizaya Quisberth