Auto Supremo AS/0146/2011
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0146/2011

Fecha: 14-Jun-2011

CONSIDERANDO II: Que, de la revisión de antecedentes se evidencia que el Auto Supremo objeto


CONSIDERANDO II: Que, de la revisión de antecedentes se evidencia que el Auto Supremo objeto del presente recurso, declaró no haber lugar a la perención de instancia solicitada por la entidad demandada, considerando que conforme al artículo 309 parágrafo II del Código de Procedimiento Civil, el plazo para el computo de la perención comienza a correr desde la última actuación procesal, que en el caso de análisis fue la citación con la demanda, que produjo además la interrupción del cómputo del plazo para la perención de instancia