Auto Supremo AS/0146/2011
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0146/2011

Fecha: 14-Jun-2011

Que, al haberse instituido el recurso de reposición contra providencias y autos interlocutorios que contuvieran


Que, al haberse instituido el recurso de reposición contra providencias y autos interlocutorios que contuvieran algún error, para que el juez o tribunal que los dictó advertido del mismo pueda modificarlos o dejarlos sin efecto; en el caso de análisis, conforme se tiene expuesto, no existe error en la emisión de la resolución recurrida ni se vulneró la garantía del debido proceso, menos se afectó el derecho a la defensa, por lo tanto no existe ningún motivo que justifique dejar sin efecto la resolución recurrida; tomando en cuenta que la entidad demandada ha asumido amplia defensa, respondiendo inclusive la demanda conforme a ley