Auto Supremo AS/0146/2011
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0146/2011

Fecha: 14-Jun-2011

POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia, en sujeción al artículo


POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia, en sujeción al artículo 217 inciso 1) del Código de Procedimiento Civil, declara NO HA LUGAR a la reposición del Auto Supremo Nº 031/2009 de 6 de febrero de 2009 cursante a fojas 102, recurrido por el Superintendente Tributario General, para fines consiguientes