Auto Supremo AS/0526/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0526/2012

Fecha: 14-Dic-2012

En conocimiento de la Sentencia, el Banco Unión S

En conocimiento de la Sentencia, el Banco Unión S.A. representado por Isabel Silvia Medinaceli Guzmán interpuso recurso de apelación conforme consta de fs. 1511 a 1541 contra la Sentencia y formalizó apelaciones diferidas del Auto de 2 de junio 2006, por el que se declaran improbadas las excepciones previas de obscuridad e imprecisión de la demanda y de demanda interpuesta antes de cumplido el término o la condición; Auto de 2 de junio 2006 por el que se rechaza la nulidad de citación y Auto de la misma fecha por el rechazo al responde y reconvención; finalmente, contra el Auto de 18 de septiembre 2006 por el que se rechaza la nulidad de obrados. Que remitido el recurso de apelación ante instancia competente, la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, mediante Auto de Vista Nº 108/2012 de 17 de agosto 2012 dispuso:
1.- Confirmar el Auto recurrido de 2 de junio 2006 de fs. 170 que declaró no haber lugar a la nulidad de diligencia de citación por cédula con la demanda de fs. 153 practicada en la ciudad de Santa Cruz al representante del Banco Unión S.A