Auto Supremo AS/0526/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0526/2012

Fecha: 14-Dic-2012

Gonzalo Castellanos Trigo, señala que: "Se entiende por excepción toda defensa que el demandado opone

Gonzalo Castellanos Trigo, señala que: "Se entiende por excepción toda defensa que el demandado opone a la pretensión del actor, sea que se nieguen los hechos en que funda la demanda, sea que se desconozca el derecho que de ellos pretenda derivarse, sea que sea limite la regularidad del procedimiento con el fin de destruir la pretensión jurídica incoada en la demanda."