Auto Supremo AS/0551/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0551/2012

Fecha: 21-Dic-2012

En cuanto a los métodos de interpretación de la base imponible establecida en el artículo

En cuanto a los métodos de interpretación de la base imponible establecida en el artículo 43 de la Ley Nº 2492 se refieren a normas de naturaleza procesal, así lo han precisado las Sentencias Constitucionales Nº 280/2001-R, 979/2002-R, 1427/2003-R, 0386/2004-R y 1055/2006-R refiriendo que: “la aplicación de derecho procesal se rige por el tempus regis actum y la aplicación de la norma sustantiva por el tempus comici delicti, salvo claro está, en los casos de la Ley más benigna.” Lo que reafirma que las Disposiciones Transitorias Primera y Segunda de la Ley Nº 2492, deben interpretarse que la norma adjetiva o procesal aplicables se rige por el principio tempus regis actum, por el cual se ha iniciado el procedimiento de fiscalización el 3 de junio de 2008, es decir durante la vigencia de la Ley Nº 2492, por lo que corresponde aplicar el procedimiento establecido en el artículo 43 de la citada norma