Auto Supremo AS/0551/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0551/2012

Fecha: 21-Dic-2012

Que, los Autos Supremos Nº 819 y Nº 22 de 20 de enero de 2000

Que, los Autos Supremos Nº 819 y Nº 22 de 20 de enero de 2000 señalan que las resoluciones judiciales que ponen fin a los litigios deben cumplir una serie de principios y requisitos, entre los cuales se encuentran la coherencia, la razonabilidad, la previsibilidad, la pertinencia y la exhaustividad, pues al ser definitivas, deben contener decisiones expresas, positivas y precisas; así mismo se establece que los fallos deben ser congruentes, motivados y fundamentados con relación a las pretensiones de las partes, no deben carecer de sustento jurídico material. Así mismo, las Sentencias Constitucionales Nº 2016/2010-R de 9 de noviembre y Nº 0486/2010-R de 5 de julio, respecto al elemento de la congruencia dentro del debido proceso, refieren a la estricta correspondencia que debe existir entre lo peticionado y lo resuelto que conlleva la cita de las disposiciones legales que apoyan ese razonamiento que llevo a la determinación que se asume