Auto Supremo AS/0551/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0551/2012

Fecha: 21-Dic-2012

Los Autos Supremos “Nº 819 y Nº 22 de 20 de enero de 2000” (sic),

Los Autos Supremos “Nº 819 y Nº 22 de 20 de enero de 2000” (sic), así como las Sentencias Constitucionales Nº 2016/2010-R de 9 de noviembre y Nº 0486/2010-R de 5 de julio, evidentemente señalan que las resoluciones judiciales deben contener coherencia, razonabilidad, previsibilidad, pertinencia y exhaustividad; respecto al elemento de la congruencia dentro del debido proceso, refieren que debe existir entre lo peticionado y lo resuelto estricta correspondencia, aspecto que se ha observado en el Auto de Vista, por cuanto el Tribunal ad quem, ha desarrollado y resuelto todos los puntos sometidos a su análisis; por lo que corresponde declarar sobre este punto infundado