Auto Supremo AS/0551/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0551/2012

Fecha: 21-Dic-2012

La Resolución Determinativa Nº 178-2008, determinó obligaciones impositivas al 23 de diciembre de 2008, por

La Resolución Determinativa Nº 178-2008, determinó obligaciones impositivas al 23 de diciembre de 2008, por concepto de Impuesto al Valor Agregado (IVA) y Régimen Complementario al Impuesto al Valor Agregado (RC-IVA) de los períodos Enero 2002 a Diciembre de 2003. Así como del Impuesto a las Utilidades de las Empresas (IUE) de las gestiones 2002 y 2003, por los siguientes importes expresados en Unidades de Fomento a la Vivienda (UFV):
Código TributarioTributo Omitido más AccesoriosSanción por Defraudación Sanción por Omisión de PagoMulta por IDFTotal
Ley 134018.719.37511.791.086

30.510.461
Ley 24925.315.431
4.406.1826.000 9.727.613
TOTALES24.034.80611.791.0864.406.1826.00040.238.074



Se observa que la Administración Tributaria en su Resolución Determinativa, calificó la conducta del Sujeto Pasivo como DEFRAUDACIÓN por adecuarse su conducta a lo establecido en los artículos 98 y 100. 1), 4), 6) y 7) de la Ley Nº 1340; Por lo que, sancionó al contribuyente con un importe equivalente a UFVs. 11.791.086.- (Once millones setecientos noventa y un mil ochenta y seis Unidades de Fomento a la Vivienda) que equivale al 100% del tributo omitido actualizado de conformidad a lo establecido en el Numeral 1) del artículo 101 de la Ley Nº 1340, norma aplicable por ser los hechos acecidos durante la vigencia de la misma, cuya conducta al ser parte sustantiva, se rige por el “tempus comissi delicti”, es decir que debe aplicarse la ley vigente en el tiempo que ocurrió el acto o incumplimiento.
Asimismo, es importante señalar que la Administración Tributaria calificó la conducta del contribuyente al evidenciar en las declaraciones juradas, compras respaldadas con facturas declaradas por importes mayores a los realmente emitidos por los proveedores o emitidos a otros clientes en fechas diferentes, aspectos que motivaron a GRACO La Paz a calificar su conducta como defraudación