Auto Supremo AS/0551/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0551/2012

Fecha: 21-Dic-2012

En relación al Recurso de Casación en el Fondo, respecto a los puntos II

En relación al Recurso de Casación en el Fondo, respecto a los puntos II. 2. 1. 2 y II. 2. 1. 4, se declaran infundados los mismos y se CASA en parte el Auto de Vista Nº 140/2012-SSA-I de 22 de junio de 2012, cursante de fs. 207 a 208, pronunciado por la Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, respecto al punto II.2.1.1, II.2.1.3 y II.2.1.5 y deliberando en el fondo se deja firme y subsistente en parte la Resolución Determinativa Nº 178/2008 de 24 de diciembre del 2008, debiendo la Administración Tributaria dejar en suspenso el cobro de la multa por defraudación de UFVs. 11.791.086.- (Once millones setecientos noventa y un mil ochenta y seis Unidades de Fomento a la Vivienda) por no ser la Administración Tributaria competente para sancionar el delito de defraudación fiscal establecido en los artículos 98 y 101 de la Ley Nº 1340; debiendo la Administración Tributaria, en calidad de víctima constituirse en querellante ante la jurisdicción penal ordinaria conforme lo establece el artículo 87 de la Ley Nº 1340 y remitir antecedentes al Ministerio Público para que procedan conforme a derecho. Sin responsabilidad de multa por ser excusable. Sin responsabilidad de multa por ser excusable