Más la actualización y multa del 30% a liquidarse en ejecución de sentencia conforme dispone
Sueldo promedio: Bs. 1.000.-
DesahucioBs. 3.000
Indemnización por tiempo de serviciosBs. 5.833,33
Incremento salarial gestiones 2008, 2009 y 2010
Gestión 2008 (art. 3 del DS Nº 29473 de 05/03/08) Bs. 1.000x10%=Bs.100x12M=Bs. 1.200
Gestión 2009 y 2010 (art. 3 del DS Nº 16 de 19/02/09) Bs. 1.100x12%=Bs.132x24M=Bs. 3.168
Bs. 4.368Bs. 4.368.-
Bono de antigüedad: (últimos 2 años)
Del 01/02/2009 al 31/12/2009, SMN Bs. 647 x 5%= Bs. 32,35x11M=Bs. 355,85
Del 01/01/2010 al 31/12/2010, SMN Bs. 679,50x 5%= Bs. 33,97x12M=Bs. 407,64
Del 01/01/2011 al 01/02/2011, SMN Bs. 815,40x11%= Bs. 89,69x 1M=Bs. 89,69
Bs. 853,18Bs. 853,18
TOTALBs.14.054,51
Más la actualización y multa del 30% a liquidarse en ejecución de sentencia conforme dispone el artículo 9 del Decreto Supremo Nº 28699 de 1º de mayo de 2006
DesahucioBs. 3.000
Indemnización por tiempo de serviciosBs. 5.833,33
Incremento salarial gestiones 2008, 2009 y 2010
Gestión 2008 (art. 3 del DS Nº 29473 de 05/03/08) Bs. 1.000x10%=Bs.100x12M=Bs. 1.200
Gestión 2009 y 2010 (art. 3 del DS Nº 16 de 19/02/09) Bs. 1.100x12%=Bs.132x24M=Bs. 3.168
Bs. 4.368Bs. 4.368.-
Bono de antigüedad: (últimos 2 años)
Del 01/02/2009 al 31/12/2009, SMN Bs. 647 x 5%= Bs. 32,35x11M=Bs. 355,85
Del 01/01/2010 al 31/12/2010, SMN Bs. 679,50x 5%= Bs. 33,97x12M=Bs. 407,64
Del 01/01/2011 al 01/02/2011, SMN Bs. 815,40x11%= Bs. 89,69x 1M=Bs. 89,69
Bs. 853,18Bs. 853,18
TOTALBs.14.054,51
Más la actualización y multa del 30% a liquidarse en ejecución de sentencia conforme dispone el artículo 9 del Decreto Supremo Nº 28699 de 1º de mayo de 2006
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso laboral, la Juez del Trabajo y Seguridad Social de
- Interpuesto el recurso de apelación por la demandante a fs
- Este fallo motivó que ambas partes interpongan recurso de casación en el fondo contra el
- Concluyó solicitando al Tribunal de Casación se case el Auto de Vista recurrido (no menciona
- SEGUNDO RECURSO: El recurso de casación en el fondo interpuesto por Judith Belma Morales Miranda
- Que para acreditar su trabajo fuera de la jornada laboral regulada para las mujeres en
- 2
- De la revisión de los contratos se estableció que con su primer contrato de trabajo
- Lo anotado denota que se vulneró el Decreto Supremo Nº 29473 de 5 de marzo
- 3
- Concluyó solicitando que la Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia case parcialmente
- CONSIDERANDO II: Que del examen de los recursos de casación en el fondo, el Auto
- De la revisión de obrados, se advierte que se valoró la prueba cursante a fs
- Por lo indicado, se concluye que quien infringió el artículo 12 de la Ley General
- Consiguientemente, al no haberse advertido la existencia de ninguna de las infracciones denunciadas en el
- 1
- En cuanto a la interpretación que la recurrente realiza de los artículos 166 y 167
- Asimismo, el 19 de febrero de 2009 se emitió el Decreto Supremo Nº 0016 estableciendo
- Siendo de aplicación obligatoria los mencionados Decretos Supremos tanto para los sectores público y privado,
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad
- Fecha de retiro: 1 de febrero de 2011
- Tiempo de servicios: 5 años y 1 mes
- Más la actualización y multa del 30% a liquidarse en ejecución de sentencia conforme dispone
- Sin responsabilidad por ser excusable
- Para resolución previa convocatoria de fs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmando: Dr. Antonio G. Campero Segovia
- Dra. Norka N. Mercado Guzmán
- Dr. Jorge Von Borries Méndez
- Ante Mi: Raúl Tito Choclo Rubin de Celis
- Secretario de Cámara de Sala Social y Adm.
