Auto Supremo AS/0367/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0367/2012

Fecha: 25-Sep-2012

Dicho fallo motivó el recurso de casación o nulidad en la forma y en el

Dicho fallo motivó el recurso de casación o nulidad en la forma y en el fondo de fs. 1.775-1.792, interpuesto por la empresa Alta Estética SRL representada por Primitivo Gutiérrez Sánchez, acusando en la forma que el Tribunal ad quem con la emisión del Auto de Vista Nº 357, vulneró el numeral 7 del párrafo I y el párrafo II de la Parte Segunda de las Disposiciones Especiales de la Ley Nº 1760 de 28 de febrero de 1997 y el artículo 17. I de la Ley del Órgano Judicial, inherentes a la obligación imperativa del saneamiento procesal de oficio y dentro de los cinco días del sorteo de la causa, advirtiéndose que en todo el contenido del Auto de Vista referido no se hizo alusión al examen o revisión de las 1.672 fojas, normas procesales que son de orden público y de cumplimiento obligatorio por disposición del artículo 90 del Código de Procedimiento Civil y de la línea jurisprudencial establecida en la Sentencia Constitucional Nº 0317/2010-R de 15 de junio de 2010, lo que da lugar a la nulidad de obrados por disposición expresa de los artículos 9, 252 y 254. 6) del Código de Procedimiento Civil, hasta el Auto Nº 44 de 19 de junio de 2010, cursante a fs. 204-204 vlta., inclusive, con el que se concedió el recurso de apelación en el efecto devolutivo en lugar de concederse la alzada en el efecto suspensivo